El director General de Aduanas, Gustavo Villatoro, informó que los trámites para el ingreso de vehículos usados, repuestos y sus partes en la aduana terrestre de San Bartolo, Ilopango, quedan suspendidos desde el 1 de junio hasta nuevo aviso, en el marco de la emergencia nacional por COVID-19.
“Dentro del proyecto de Gobierno de llevar la canasta alimenticia, que se repartirá desde este fin de semana, nosotros pusimos a disposición nuestra bodega número uno, de más de 5,000 metros cuadrados. Necesitamos hacer las adecuaciones en la aduana de San Bartolo para que la logística de las canastas tenga la suficiente maniobrabilidad”, explicó el funcionario.
En ese sentido, los vehículos y repuestos importados deberán ser trasladados a uno de los cuatro recintos fiscales autorizados con los que cuenta el país para estos rubros. Villatoro añadió que, si algún ente desea habilitar un recinto nuevo para ello, se despachará con los lineamientos establecidos en la ley.
La aduana terrestre de San Bartolo recibe el 30% del total de vehículos usados y repuestos que ingresan al país. “No somos el actor mayoritario en el mercado, existen otros recintos fiscales que tienen la capacidad para absorber ese 30% que se almacena en San Bartolo”, aseguró Villatoro.
La medida se mantendrá mientras dure la emergencia, “este Gobierno está priorizando la vida; está en nuestra Constitución, pero nunca se le había dado la importancia que se merece”, recalcó el director de las aduanas.
Asimismo, Villatoro mencionó que en esa aduana tienen vehículos almacenados desde hace 20 años, que llegaron por procedimientos judiciales, cuyos expedientes ya no están en poder de los jueces; por ello, presentarán una iniciativa de ley a la Asamblea Legislativa que permita subastarlos o donarlos.
“Queremos disponer de ellos para mecanismos de subasta o donación, esos canales queremos utilizar para deshacernos de esos bienes, nos referimos a mercaderías estancadas, no a las transaccionales”, notificó Villatoro.
Las nuevas disposiciones en la aduana de San Bartolo exceptúan las importaciones definitivas de vehículos usados de diplomáticos, liberaciones de franquicias y las importaciones definitivas de vehículos usados que ingresaron al país al amparo de una autorización de importación temporal.