El pasado 4 de mayo el Presidente Nayib Bukele respondió y aclaró las preocupaciones de la comunidad internacional ante las decisiones tomadas por la recién electa Asamblea Legislativa quienes, apegados a la Ley, sustituyeron a los magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia y del Fiscal General de la República.
El artículo 186 de la Constitución de la República de El Salvador, establece que “Los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia… Podrán ser destituidos por la Asamblea Legislativa por causas específicas, previamente establecidas por la ley. Tanto para la elección como para la destitución deberá́ tomarse con el voto favorable de por lo menos los dos tercios de los Diputados electos.”
Además, en la Ley Orgánica Judicial, en el articulo 4 dice “Cuando por renuncia u otro motivo legal deba sustituirse un Miembro de la Sala de lo Constitucional, el que sea elegido podrá́ ser designado por la Asamblea Legislativa para que integre dicha Sala o designar a uno de las demás Salas de la Corte al momento de la sustitución; si se tratare de un Magistrado de cualquiera de las otras salas, el Magistrado electo entrará a formar parte de la Sala que la Corte designe.”
Es por esto que, comprobada la vinculación material partidaria de los Magistrados en diferentes sentencias, la Asamblea Legislativa estaba en la obligación de destituirlos y en su lugar nombrar personas que los sustituyeran en sus cargos hasta completar los periodos para los que fueron elegidos. Al finalizar los respectivos periodos, la Asamblea Legislativa deberá llevar a cabo el proceso de elección .
Para el Presidente Bukele, este fue el error que cometieron los expertos al analizar el accionar de la Asamblea Legislativa, pues no tomaron en cuenta que los diputados simplemente eligieron personas para sustituir a los Magistrados y no estaban llevando a cabo un proceso de elección. El carácter de urgencia de este tipo de sustituciones hace imposible y no procedente la aplicación de los requisitos propios y consignados en la Constitución para el proceso de elección.
El abogado Javier Argueta, asesor del presidente, además explicó que hay jurisprudencia en la que la Sala de la Constitucional dictamina la imposibilidad de la Sala de quedar acéfala, es decir, sin jefe o autoridad, pues si esto sucediera sería quebrantar la justicia constitucional, por lo que a través del artículo 4 de la Ley Orgánica Judicial, manda a la Asamblea Legislativa a no dejar ni un minuto sola la Sala, porque quien quedaría desprotegida es la tutela de derechos fundamentales.
“Si el pueblo elige nuevas personas, es para que estas elijan nuevas personas, no para que deje las viejas o elijan al gusto de la oposición”, dijo el presidente Bukele, y así sanear esas acciones de “negociación” que se han venido dado, como los “maletines negros” en los tiempos del Presidente Funes, con los que se compraban votos y se armaban mayorías parlamentarias.
“Una abrumadora mayoría como esa, electa por el pueblo, que no se había visto en la historia de El Salvador, ha de tener consecuencias en el país y eso no es erosionar la democracia, eso es fortalecer la democracia. Erosionarla, sería hacer lo mismo de siempre cuando la gente está votando por un cambio” puntualizó Bukele.
“Como les aconsejé (refiriéndose a la comunidad internacional), deberían de haberse pronunciado públicamente en contra del intento de destitución del Presidente por parte de la Asamblea Legislativa -hace unos meses- para que cuando se presentara otra oportunidad como esa, no carecieran de credibilidad”, finalizó el Presidente.